DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13192
23 de diciembre, 2011
DCA-3390
Licenciado
Victor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Estimado señor:
Asunto: Se otorga autorización a la Municipalidad de Aserrí para que contrate en forma
directa con la empresa Agencia de Seguridad Máxima S. A. los servicios de
seguridad para las instalaciones municipales, por un plazo máximo de dos meses a
partir del 01 de enero del 2012 y hasta el 29 de febrero del 2012, y por un monto
mensual de ¢3.744.451,78.
Damos respuesta a su oficio MA-744-2011 de fecha 13 de diciembre del año en curso,
complementado con el oficio MA-801-2011 del 23 de diciembre último, mediante el cual solicita la
autorización de esta Contraloría General para que la Municipalidad de Aserrí pueda contratar en
forma directa con la empresa Seguridad Máxima S. A. los servicios de seguridad para las
instalaciones municipales, a saber: oficinas centrales, cementerio municipal y biblioteca pública
municipal, en tanto se concluye el proceso de contratación que se encuentra en trámite.
I. Antecedentes y justificaciones de la solicitud:
Como razones dadas para justificar la solicitud, indica lo siguiente:
Que esa municipalidad inició un proceso de contratación por medio de la licitación 2011LA-
000001-07 para la contratación de una empresa que brinde los servicios de seguridad para la
Municipalidad de Aserrí y sus dependencias, la cual se dio a conocer mediante publicación en La
Gaceta No. 203 del 24 de octubre del 2011.
Que el 12 de diciembre, el Concejo Municipal acordó adjudicar a la empresa Seguridad
Máxima S. A. la licitación, en razón de ser la que obtuvo la mayor calificación de acuerdo al
sistema de evaluación estipulado en el cartel.
Que la solicitud de contratar en forma directa se basa en la necesidad de contar con un ...
Fecha publicación: 11/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12509
FAX Nro. 2230-2090
12 de diciembre, 2011
DFOE-DL-1143
Señor
Martin Valverde Chinchilla
Secretario Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Licenciado
Víctor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
San José
Estimados señores:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Municipalidad de Aserrí.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo
Municipal, así como para que se emitan las instrucciones a las instancias que resulten
pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa Municipalidad, aprobado
parcialmente por la suma de ¢1.482.346,2 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES.
1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE.
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política, 18 de su Ley Orgánica
Nro. 7428, 97 del Código Municipal y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista el presupuesto inicial y
el plan operativo institucional, que fueron aprobados por el Concejo Municipal, según
consta en la copia del acta de la sesión Nro. 29 celebrada el 23 de setiembre de 2011 y
que fueran remitidos con el oficio Nro. MA-573-2011 del 29 de setiembre de 2011, así
como información complementaria recibida mediante oficios Nros. CON-021-2011,
CON-023-2011, CON-027-2011, MA-700-2011 y CON-033-2011 del 11, 14 y 20 de
octubre, 14 y 18 de noviembre, respectivamente, todos del 2011.
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
DFOE-DL-1143 ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 12/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12168
02 de diciembre, 2011
DJ-1323-2011
Licenciado
Jorge Sequeira
Gerente General
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado Señor:
Asunto: Consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública.
Se refiere esta División a su nota sin número, recibida el 21 de noviembre pasado, mediante la
cual plantea una consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el
enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley N° 8422 del 6 de octubre de 2004), referida a si su
eventual participación en la Junta Directiva de la empresa Radio Mensajes S.A., lesiona –o no- algunas
de las disposiciones contenidas en dicha norma legal.
En ese sentido, en el memorial de consulta se indica que “(…) considero que no me asiste
ningún impedimento, incompatibilidad o prohibición en las condiciones señaladas en este oficio (…)”,
sin embargo, se menciona que: “(…) solicito atentamente al órgano contralor corroborar mi posición,
para lo cual fundamento esta petición en el artículo 33 del Reglamento a la Ley N° 8422 (…)”.
I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
Como un aspecto de primer orden, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva
de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de
setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de
junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas.
Lo anterior se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o
respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir
pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se
desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio ...
Fecha publicación: 05/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 11459
FAX Nro. 2230-2090
18 de noviembre, 2011
DFOE-DL-1051
Licenciado
Víctor Morales Mora
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011
de la Municipalidad de Aserrí.
Con la aprobación parcial de la Contraloría General de la Republica se remite
el presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de esa Municipalidad, por un monto de
¢923.279,00.
Al respecto, se indica lo siguiente:
1) Se imprueba la aplicación dada a los recursos provenientes del aporte
del Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, por la suma de
¢636.592,00, por cuanto se incluyen en el Programa I, siendo lo correcto
considerarlo en el Programa II, Servicio 09 o 10, de conformidad con la estructura
programática presupuestaria vigente.
La suma resultante de la improbación indicada en el párrafo anterior,
deberá trasladarse a la partida de Cuentas especiales en la subpartida de “Sumas
con destino específico sin asignación presupuestaria” y reflejar el ajuste en los
informes de ejecución presupuestaria.
2) En la sección de ingresos deberá ser reclasificada por esa
Administración la transferencia proveniente del Consejo Nacional de la Política
Pública de la Persona Joven como “Transferencias corrientes de Órganos
Desconcentrados”, lo cual deberá reflejarse así en los informes de ejecución
presupuestaria y en el Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP).
Lo anterior, de conformidad con los clasificadores vigentes de ingresos e
institucional.
3) La incorporación de los recursos de vigencias anteriores por concepto
de Superávit específico se aprueba de confo ...
Fecha publicación: 02/12/2011
Fecha emisión: 18/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 9787
10 de octubre, 2011
DFOE-SAF-0387
Licenciado
Jorge Sequeira Picado
Gerente General
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se amplía oficio DFOE-SAF-327-2011 (7629) con relación al pago de
arrendamiento de vehículos para funcionarios de PROCOMER ubicados
en las oficinas de promoción en el extranjero.
En atención a su oficio No. GG-041-11, del 28 de marzo, procedemos a ampliar
nuestro oficio de respuesta DFOE-SAF-0327-7629 del 18 de agosto, en relación con el
tema de arrendamiento de vehículos (kilometraje) ubicados en el exterior del país.
Explica la consultante que Procomer desarrolla actividades que tienden al
fortalecimiento del comercio exterior de nuestro país, razón por la que ha instalado oficinas
de Promoción en diversas zonas del exterior, y para regular el funcionamiento de sus
oficinas emitió el Reglamento de Oficinas de Promoción Comercial, normativa que
establece las pautas mínimas de desempeño y gestión. En cuanto al pago de kilometraje
adjunta criterio legal No. 227-2011 de fecha 15 de marzo del 2011 de esa Institución, en la
que se indica que para los Directores, Subdirectores y personal de apoyo, actualmente
PROCOMER les reconoce el pago de kilometraje con base en la tarifa que establece la
Contraloría General de la República, sin embargo, por la realidad socioeconómica de cada
país, ha detectado que la indicada suma no siempre es suficiente para compensar a los
funcionarios los gastos efectivos de cada país, ya que los mismos suelen ser muy distintos
a los gastos que se generan en Costa Rica.
Por tal razón, se consulta si puede Procomer pagar un mo ...
Fecha publicación: 13/10/2011
Fecha emisión: 10/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09699
06 de octubre, 2011
DCA-2607
Señor
Eddie Villalobos Villalobos
Gerente Administrativo Financiero
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
Fax: 2233-5755
Estimado señor:
Asunto: Se deniega solicitud de autorización para la degradación del procedimiento de
contratación de licitación abreviada para efectos de utilizar la contratación directa, así como una
disminución del 25% del precio final autorizado por esta Contraloría General mediante el oficio
3888 del 3 de mayo del 2011, del inmueble del Partido de Limón matrícula 55254-000.
Nos referimos a sus oficios GG-165-11 y GAF-OFIC-137-11 de fechas 23 y 28 de
setiembre de 2011, mediante los cuales solicita nuestra autorización para llevar a cabo la
contratación indicada en el asunto.
I) Antecedentes.
1) Mediante oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, esta Contraloría General otorgó
autorización a PROCOMER para efectuar una degradación del procedimiento de licitación pública
y sacar a la venta del inmueble 055254-000 mediante una licitación privada, así como también
disminuir en un 25% la base del avalúo administrativo SJ-329-2010, tramitado mediante el
expediente 4589, ello con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Contratación Administrativa
y 15 de su Reglamento, así como en el 115 bis del Reglamento de Contratación de PROCOMER.
2) La Administración procedió a tramitar el procedimiento de Licitación Privada Nº 02-
2011 denominado “Venta de propiedad ubicada en Limón”, correspondiente al terreno ubicado en
la provincia de Limón, Cantón Limón, Distrito Liverpool, inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, sección inmueble, Partido de Limón, matrícula No. 055254-000, con un área de
64.033,43 metros cuadrados, plano catastrado L-5977-1991, valorado según avalúo administrativo
SJ-329-2010, expediente 4589, en un preci ...
Fecha publicación: 11/10/2011
Fecha emisión: 06/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07598
17 de agosto de 2011
DCA-7598
Señor
Jorge Sequeira Picado
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Estimado señor:
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el convenio para la sesión de funcionarios suscrito
entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) y la Promotora del Comercio Exterior
de Costa Rica (PROCOMER).
Nos referimos a su oficio GG-0126-11 del 27 de julio del presente año, mediante el cual solicita
el refrendo de la adenda referida en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el convenio
original refrendado por esta Contraloría General mediante el oficio 010562 del 27 de agosto de
1997 fue otorgado al amparo del anterior reglamento de refrendos, el cual dejó regir a partir del 1 de
enero de 2008, fecha en que entró en vigencia en nuevo reglamento de refrendos, publicado en La
Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2007.
En el mismo orden de ideas, el reglamento actualmente vigente en su artículo 3 inciso 6
establece cuales contratos o convenios celebrados entre entes, empresas u órganos públicos están
sujetos al refrendo contralor; estos son aquellos que tengan por objeto el otorgamiento de
concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de
alianza estratégica, en consecuencia, los demás contratos o convenios interadministrativos no
estarán sujetos a refrendo.
Ahora bien, siendo que el objeto de convenio celebrado por PROCOMER y COMEX no
corresponde a ninguno de los anteriormente citados, la Contraloría General se considera
incompetente para refrendarlo, siendo que es exclusiva responsabilidad de los jerarcas de las
Administraciones involucradas adoptar las medidas de control, de conformidad con la normativa de
control interno, para garantizar que las relaciones interadministr ...
Fecha publicación: 22/08/2011
Fecha emisión: 17/08/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06981
29 de julio de 2011
DCA-1948
Señor
Eddie Villalobos
Representante legal
Señora
Marcela Brooks
Directora de Asesoría Legal
Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Estimado (a) señor (a):
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el borrador de escritura pública producto de la
contratación directa concursada promovida por la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica
(PROCOMER) para la venta de una finca de su propiedad ubicada en la provincia de Puntarenas.
Nos referimos a su oficio GG-108-2011 del 13 de julio del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo referido en el asunto.
Sobre el asunto en conocimiento, cabe recordar que el Reglamento sobre el refrendo de las
contrataciones de la Administración Pública, en su artículo 3, luego de los diferentes supuestos en
lo que un contrato amerita el refrendo contralor, en el último párrafo se menciona lo siguiente:
“(…) No estarán sujetos al refrendo los demás contratos o convenios no referidos en este artículo o
en las demás disposiciones de este Reglamento, sin perjuicio de las exclusiones concretas que se
estipulen en los artículos siguientes, en virtud del régimen especial de esas exclusiones (…)”.
Una de esas exclusiones a que hace referencia el último párrafo anterior se encuentra
establecida en el inciso 2) del artículo 12 de la misma normativa. En dicho numeral, se dispone que
cuando la escritura pública de un contrato requiera formalizarse ante la Notaría del Estado
1
, no
resulta necesario cumplir con el trámite del refrendo ante la Contraloría General.
Consecuentemente, el borrador de la escritura no debe remitirse a este órgano contralor.
Por consiguiente, todos aquellos contratos cuya escritura deba formalizarse, por imperativo
legal, ante la Notaría del Estado, se encuentran exentos del trámite de ...
Fecha publicación: 04/08/2011
Fecha emisión: 29/07/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04416
18 de mayo de 2011
DJ-0535-2011
Licenciado
Gonzalo Chacón Chacón
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada con el pago de prohibición al Vice-Alcalde Municipal.
Damos respuesta a su oficio N° AU-011-2011, recibido el 7 de abril pasado, mediante el
cual consulta si al primer Vice-Alcalde Municipal le rige la prohibición estipulada en los artículos
14 y 15 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley N°
8422 del 6 de octubre de 2004), o si le aplica la dedicación exclusiva referida en el artículo 20 del
Código Municipal (Ley N° 7794 del 30 de abril de 1998).
Cabe señalar, que junto al oficio de consulta se aporta el criterio jurídico de esa
municipalidad, externado mediante el oficio de la División Jurídica interna N° DJ-035-03-11 del 9
de marzo de 2010, en el cual se estima que a la primera Vice-Alcaldesa debe aplicársele el
porcentaje correspondiente por concepto de dedicación exclusiva con arreglo a lo dispuesto en el
artículo 20 del Código Municipal.
CRITERIO DEL DESPACHO
Sobre el particular, observamos que el tema de interés ya fue consultado a la Contraloría
General por la Coordinadora de Recursos Humanos de esa misma municipalidad (oficio N° RH-
076-11 del 14 de marzo de 2011), aportando en su momento el mismo criterio jurídico interno N°
DJ-035-03-11.
Vale apuntar, que dicha consulta fue atendida por este órgano contralor a través del
memorial N° 4158 (DJ-502-2011) del 11 de mayo de 2011, en el cual se indicó que, de conformidad
con la reforma hecha al artículo 20 del Código Municipal (operada por Ley N° 8611 del 12 de
noviembre de 2007), el legislador dispuso el reconocimiento de prohibición a quien ocupe el cargo
-2-
de primer Vice-Alcalde municipal y no de dedicación exclusiva, no debiendo perder de vista ...
Fecha publicación: 21/05/2011
Fecha emisión: 18/05/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Dedicacion Exclusiva , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Alcalde y Vicealcaldes
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04169
5 de mayo de 2011
DJ-0507-2011
Señor
Alexander Arias Valles
Auditor Interno
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER)
Fax 2233-5755
Apartado Postal 1278-1007
Estimado señor:
Asunto: Se atienden consultas del Auditor Interno de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica, sobre la posibilidad de que los informes de Auditoría sean comunicados
únicamente vía electrónica y las observaciones a éstos sean recibidas del mismo modo
por parte de los titulares subordinados así como la posibilidad de realizar las auditorías
en las oficinas de comercio exterior mediante videoconferencia y obtener evidencia
documental por medios electrónicos o copias enviadas por fax desde el extranjero.
Nos referimos a sus oficios números AI-014-2011 y AI-015-2011, de los días 7 y 8 de marzo de
2011 respectivamente – recibidos en la Contraloría General de la República los días 8 y 9 del mismo mes -
mediante los cuales se nos consulta sobre la posibilidad de que los informes de Auditoría de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER) sean comunicados únicamente vía
electrónica y las observaciones a éstos sean recibidas del mismo modo por parte de los titulares
subordinados así como la posibilidad de realizar las auditorías en las Oficinas de Comercio Exterior
mediante videoconferencia y obtener evidencia documental por medios electrónicos o copias enviadas por
fax desde el extranjero.
I. Consideraciones previas.
Señala el consultante que la Gerencia General de la institución le ha planteado verbalmente la
posibilidad de realizar las auditorías a las Oficinas Comerciales en el Exterior (ubicadas en Unión Europea
en Alemania, China, Miami, New York, Canadá, México, República Dominicana, Trinidad y Tobago,
2
Panamá y Chile) vía videoconferencia y que los documentos de respaldo sean remitidos por parte del
Direc ...
Fecha publicación: 14/05/2011
Fecha emisión: 11/05/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Independencia Funcional y de Criterio de la Auditoria Interna , Informes de Auditoria Interna a Jerarcas y Subordinados, Organizacion de la Auditoria Interna , Sistema de Control Interno